sábado 28 de septiembre de 2024 - Edición Nº4410

Provinciales

SE PUBLICO EL DECRETO

Industrias Textiles con derechos promocionales hasta 2028

14 nov 2023 | Tal como se había adelantado ayer, el Gobierno Nacional firmó el decreto que incluye a las empresas textiles al subrégimen de promoción industrial de la Provincia el cual fue publicado hoy



El Decreto 594/2023 publicado este martes en el Boletín Oficial de la Nación, establece que la inclusión de las empresas textiles en el subrégimen de promoción industrial de Tierra del Fuego se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2028 -es decir, diez años menos que la otorgada al resto de las industrias- estableciendo además que a partir de 2025 se reducirán en un 2,3% por año los beneficios fiscales para el sector hasta la fecha de caducidad del régimen.

De acuerdo al Decreto 594/2023 publicado este martes en el Boletín Oficial de la Nación, la inclusión de las empresas textiles en el subrégimen de promoción industrial de Tierra del Fuego se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2028 -es decir, diez años menos que la otorgada al resto de las industrias- estableciendo además que a partir de 2025 se reducirán en un 2,3% por año los beneficios fiscales para el sector.

Recordando que las empresas del sector textil representan aproximadamente un 20% de las industrias radicadas en Tierra del Fuego, y superan los 900 puestos de trabajo directos, el decreto señala que “con el fin de garantizar la continuidad de los puestos de trabajo de las empresas (…) resulta pertinente proceder a la prórroga de la vigencia de los derechos y obligaciones promocionales hasta el 31 de diciembre de 2028”.

Sin embargo, la normativa puntualiza que “el Poder Ejecutivo Nacional ha llevado a cabo un análisis pormenorizado de los gastos tributarios, los cuales tienen su origen, entre otras razones, por la normativa vigente en materia de regímenes promocionales; y que, a raíz de ello, se ha destacado la necesidad de comenzar a adoptar medidas que tiendan a su reducción gradual”.

En ese sentido, el decreto establece que resulta necesario “una reducción progresiva de los beneficios” durante el plazo de vigencia de la prórroga, determinando así que a partir de 2025 se reduzcan “en un 2,3% anual hasta la fecha de caducidad del régimen”.

La normativa aclara, asimismo, que la inclusión del sector textil fueguino en la prórroga del subrégimen industrial podrá extenderse -mediante resolución fundada de la Secretaría de Industria de la Nación como autoridad de aplicación- hasta el 31 de diciembre de 2033, inclusive.

El articulado del Decreto remarca que las empresas mantendrán en un 100% sus beneficios fiscales durante 2024, detallando que a partir de 2025 se reducirán al 97,7%; un 95,4% durante 2026; un 93,1% durante 2027 y un 90,8% durante 2028.

En el caso de que se otorgue una extensión hasta 2033, la reducción de beneficios fiscales para las textiles fueguinas quedó establecida de la siguiente forma: 88,5% durante 2029; un 86,2% durante 2030; un 83,9% durante el año 2031; un 81,6% durante el año 2032; y un 79,3% durante el año 2033.

El decreto que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de gabinete Agustín Rossi y el ministro de Economía, Sergio Massa, establece que “las empresas deberán manifestar su voluntad de adherir a los derechos y obligaciones establecidos en la presente medida hasta el día 30 de noviembre de 2023, inclusive”.

 

Auditorías a empresas y participación del INTI

La normativa que incluye a las textiles en la prórroga del subrégimen industrial determina, en su artículo 6°, que la Secretaría de Industria de la Nación “podrá efectuar auditorías a las empresas adheridas a la prórroga dispuesta a fin de analizar aspectos productivos, tanto en sus establecimientos como en el ámbito de la Aduana que corresponda”.

“En dichas auditorías, deberá constatarse, entre otros aspectos, que las existencias de insumos productivos se correspondan con los registros de producción y ventas y con la planificación productiva de la empresa”, detalla la normativa.

Y con esa premisa “así como a efectos de contar con información técnica adicional o complementaria que resulte de interés”, la autoridad de aplicación podrá celebrar convenios con entes con competencia técnica, tales como el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).

“Asimismo, podrá requerir al INTI la realización de auditorías que respalden el cumplimiento de las características técnicas requeridas para la aprobación de la acreditación de origen correspondiente”, agrega el decreto.

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