
Mediante los Decretos 627/2025 y 628/2025 publicados en el Boletín Oficial el Poder Ejecutivo volvió a cero con esas iniciativas.
El Gobierno dejó sin efecto una serie de decretos y normas que disponían la fusión, eliminación y modificaciones en varios organismos públicos, como Vialidad Nacional, el Banco Nacional de Datos Genéticos, la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), entre otros.
El Ejecutivo dejó sin efecto esas medidas -que habían sido rechazadas por ambas Cámaras del Congreso-, mediante los Decretos 627/2025 y 628/2025 publicados en el Boletín Oficial, por lo que las fusiones y cierres quedaron sin efecto.
“Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos 345/25, 351/25, 461/25 y 462/25 y que se encontraban vigentes al momento del dictado de cada uno de los mencionados decretos“, indicó el decreto 627.
A partir de la publicación en el BOE quedaron sin efecto la fusión entre el Instituto Nacional Yrigoyenano y el Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas (Decreto 345/25).
De igual manera quedó cancelada la incorporación del Banco Nacional de Datos Genéticos como organismo desconcentrado de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (Decreto 351/25).
De igual modo se dejó sin efecto la disolución de la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) (Decreto 461/25).
También se volvió a cero la eliminación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) (Decreto 462/25).
Por otra parte, se restituyeron los objetivos originales del Teatro Nacional Cervantes (Decreto 531/2025), de la estructura organizativa del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) (Decreto 571/25), y de las facultades de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (Decreto 583/25).
Además, se incluyó el restablecimiento de las misiones del Director Ejecutivo de la Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte (Decreto 584/25) y las obligaciones de la Secretaría de Hacienda (Decreto 585/25).
Los decretos explican que “el restablecimiento dispuesto precedentemente, comprensivo de las estructuras organizativas será, en cada caso, en los términos del texto vigente a la fecha del dictado de los Decretos Nros. 531 del 1° de agosto de 2025, 571 del 11 de agosto de 2025, 583, 584 y 585, todos del 14 de agosto de 2025“.
La Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y el Ministerio de Economía serán los encargados de cubrir los servicios administrativos, financieros y jurídicos de forma transitoria, hasta que todos los organismos retornen a sus funciones.
En cuanto al Decreto 628/2025, ordenó la eliminación de los cambios aplicados en el Decreto 340/2025, que aprobaba un nuevo “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional”.
En el mismo, también se había declarado a la navegación por agua marítima y/o fluvial como servicio esencial tanto como para el transporte de pasajeros, como para mercaderías.
Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por el Decreto N° 340 del 20 de mayo de 2025 y que se encontraban vigentes al momento del dictado de dicho decreto“, establecieron en el primer artículo.