
El Gobierno Nacional modernizó la normativa necesaria para el patentamiento de vehículos, mediante la simplificación de las Licencias de Configuración de Modelo (LCM), un documento que acredita que los vehículos que transitan el espacio público cumplen con los requisitos de seguridad.
Mediante la Resolución 271/2025, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía reglamentó el procedimiento que abarca a todos los vehículos automotores, acoplados y semirremolques.
Los particulares que importen autos podrán patentarlos utilizando la Licencia de Configuración de Modelo ya existente del fabricante o del importador.
En el caso de que el vehículo importado no cuente con una LCM, el particular podrá patentarlo por sí mismo, tramitando un certificado de seguridad vial ante la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, el cual habilita al patentamiento del vehículo en un esquema similar al de una VTV.
Se reconocerán las certificaciones emitidas por organismos de las Naciones Unidas, la Unión Europea y de los Estados Unidos, además de la de Brasil.
Esta medida va en línea con la Resolución 222/2025, que simplificó el sistema de control de autopartes y elementos de seguridad, mediante el cual se agilizan los procesos para su comercialización.
La fabricación, importación y comercialización de autopartes y elementos de seguridad actualmente es libre, sin necesidad de autorización previa y los fabricantes e importadores son responsables de asegurar el cumplimiento de las especificaciones establecidas en la normativa.
Hasta la modificación, se requería tramitar el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS) en el INTI como único organismo de habilitación, un trámite con costo que representaba importantes demoras en el desarrollo de la actividad del privado. Sin dicho certificado, las empresas no podían importar las autopartes.
Actualmente, no es necesario presentarse ante el INTI, no existe trámite necesario para poder importar ni costos asociados, por lo tanto no hay demoras.
Para la comercialización, las empresas deben contar con la Licencia de Certificación de la Autoparte emitida por una amplia red de laboratorios y organismos internacionales, no limitando así a un único organismo nacional como sucedía anteriormente.
La seguridad de las autopartes es fiscalizada de manera ex-post asegurando que las mismas cumplan con las normas de seguridad establecidas en el decreto 196/25.