sábado 21 de diciembre de 2024 - Edición Nº4494

Salud

ANMAT amplía la condición de “venta libre” para una serie de medicamentos que estaban “bajo receta”

6 dic 2024 | Se tomó esta medida luego de que estas especialidades medicinales de “venta bajo receta” han probado la ausencia de efectos adversos graves al menos durante los últimos 5 años y, por lo tanto, podrán ser declarados de “venta libre”.



La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso el pase a "venta libre" de los medicamentos compuestos por ACETILCISTEÍNA en las concentraciones de hasta 400 mg como monodroga, destinados a la descongestión de vías respiratorias superiores y que hasta ahora se expendían "bajo receta".

La medida, publicada en el Boletín Oficial a través de la Disposición Nº 10.823/2024, se adoptó luego de un pedido del Ministerio de Salud de la Nación para que se investigue si estos medicamentos cumplen con niveles comprobados de calidad, seguridad y eficacia, y no hayan registrado efectos adversos graves al menos durante los últimos 5 años.

Los medicamentos en cuestión pertenecen al grupo fármaco – terapéutico mucolíticos. Su mecanismo de acción como agente mucolítico consiste en disminuir la viscosidad de las secreciones mucosas, fluidificando las secreciones.

Mediante esta disposición, la ANMAT respondió a la encomienda del Gobierno nacional en la resolución 284/2024 -de marzo pasado- para analizar una determinada cantidad de remedios que se venden con receta con el objetivo de determinar si es posible su venta libre.

La ANMAT es un organismo descentralizado con jurisdicción en todo el país que se encarga de controlar, fiscalizar y garantizar que los productos para la salud sean eficaces, seguros y de calidad. En este marco, la agencia de regulación determina las condiciones de venta (libre, bajo receta, bajo receta archivada y bajo receta y decreto) teniendo en cuenta la naturaleza o peligrosidad del uso indebido de los medicamentos.

La denominación de medicamentos de “venta libre” corresponde a aquellos productos destinados a aliviar dolencias que no exigen necesariamente en la práctica la intervención de un profesional médico. Además, por su forma, uso, condiciones, dosis previstas y su amplio margen de seguridad, este tipo de medicamentos no entrañan ningún tipo de peligro para los consumidores.

Para protección del consumidor, corresponde fijar condiciones para su expendio que garanticen un tratamiento fehaciente y veraz de la información y aseguren la libertad de elección sin menoscabar el derecho a la salud.

Durante mayo la ANMAT ya había dispuesto la “venta libre” de una serie de medicamentos conocidos como “prazoles”, para la protección estomacal. En agosto, liberó también medicamentos para el tratamiento del herpes, cremas antialérgicas, productos con corticoides, analgésicos, antifúngicos, laxantes y suplementos dietarios.

 

 

 

 

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