Esto incluye el transporte aéreo no regular, general, privado, aviones dedicados a instrucción y entrenamiento, aeronaves de matrículas públicas nacionales o provinciales (como las militares, policiales y aduaneras), aeronaves sanitarias y toda otra modalidad de transporte aéreo que no sea comercial regular.
La medida forma parte de la desregulación del mercado interno llevada a cabo por el gobierno. Esta tasa queda entonces exclusivamente para la aviación comercial regular.
En consecuencia, se modifica el Artículo 2° de la Resolución N° 3 del 5 de enero de 2023 del Ministerio de Seguridad, que establecía el pago de la Tasa de Seguridad Aeroportuaria para toda la actividad aeronáutica, limitándola ahora únicamente al transporte aéreo regular.
La autoridad considera indispensable profundizar las políticas de desregulación del mercado interno, con el objetivo de simplificar y reducir cargas y costos, mejorando así la vida de los ciudadanos y las empresas.