En la reunión del jueves, el Consejo Federal Pesquero dio un amplio tratamiento a la solicitud realizada por las tres empresas tenedoras de cuota de merluza negra sobre el perjuicio que les ha generado la captura ilegal del buque Tai An, pero la solicitud realizada sobre una compensación con la Reserva de Administración les fue rechazada.
Por su parte, el propietario del Tai An pidió audiencia para plantear su postura sobre la pesca incidental de merluza negra.
Las firmas tenedoras del 100% de la cuota de merluza negra, Argenova, Pesantar y Estremar presentaron una nota al Consejo reclamando por el perjuicio que les generó la captura ilegal de 175 toneladas de merluza negra de la empresa Prodesur con su buque Tai An. Dado que esa captura se descontará de la Reserva de Administración con la que cuentan estas empresas para ampliar su captura en caso de agotar su cuota, de no ser consumida por otros barcos como captura incidental, solicitaron que se habilite el remanente de la reserva de 2023 para ser capturada este año. La respuesta del Consejo fue un rotundo no.
“Con el objeto de que se evite ‘atentar contra los legítimos intereses’, con referencia a la captura de la especie efectuada por otra empresa mediante el buque Tai An. Afirma que la captura de la especie no habría sido bycatch o incidental, sino dirigida, y que si bien el Estado se vería compensado por el ingreso de la multa y decomiso de la mercadería, las empresas serán ‘injustamente perjudicadas por la reducción de la Reserva de Administración de la especie”, resumieron así los consejeros el pedido de las tres empresas y pusieron a deliberación la solicitud realizada.
“El Régimen específico de CITC para la especie merluza negra actualmente vigente se encuentra cursando el último año previsto por el CFP, lo que aconseja que la revisión de las políticas de administración, en caso de tener lugar, se lleve a cabo para la próxima etapa”, indicaron, dando prácticamente por cerrado el tema.
Por último, sostuvieron que las tenedoras de CITC tienen un derecho limitado a esa cuota, y sujeto a las reglas legales y reglamentarias y que “no se proyecta sobre el resto de la CMP o de la especie, como tampoco va más allá del tiempo máximo fijado al momento de su asignación”.
“Si bien es cierto que las capturas efectuadas en infracción son susceptibles de provocar efectos negativos en propietarios o armadores que no las cometen, la solicitud de una atribución adicional de toneladas a la Reserva de Administración para su ulterior captura traslada el efecto negativo al recurso natural y a su explotación racional en años futuros”, señalaron los consejeros antes de dar por rechazada la solicitud de las empresas.
Acto seguido se tomó vista de la solicitud de Prodesur referida al límite de captura incidental de merluza negra y se le concedió una audiencia al propietario del Tai An, para el 26 de junio próximo.
Fuente: Revista Puerto