
El fiscal Nicolas Arias consideró que el accionar desplegado por Lamas el pasado 31 de marzo, cuando a las 6.58 chocó a Pablo Manuel Sanfelippo, que circulaba en moto, se tipifica en el delito de homicidio simple por dolo eventual. La carga probatoria en contra de Lamas es considerable y de peso: circular en vehículo automotor estando inhabilitado para ello; conducir en estado de ebriedad; y circular a exceso de velocidad, entre otros agravantes.
Según el Ministerio Público Fiscal Lamas conducía el “Renault Kangoo” dominio AF-610-FB, por la calle Facundo Quiroga, a una velocidad de al menos 75.29 km/h cuando la máxima es 40 km en ese sector de la ciudad. Además, se cruzó a la mano contraria invadiendo el carril antes de impactar a Sanfelippo. Ello además de haberse determinado que tenía un nivel de alcoholemia prohibido de 3.24 G/L a las 7.00 de la mañana.
A partir de toda la prueba, el pasado viernes Lamas fue trasladado a Tribunales donde compareció ante el juez de instrucción de primera nominación, Sergio Pepe. Allí se le dio la posibilidad de ampliar su declaración indagatoria aunque el acusado se negó a dar su versión de los hechos.
Ahora resta analizar la prueba antes de que el juez determine si procesa a Lamas por homicidio culposo en accidente de tránsito; o si bien lo hace por el delito de homicidio simple por dolo eventual. En caso de ser procesado y luego condenado en un juicio por esta última calificación, el rango de pena de cárcel va desde los 8 a los 25 años.
Fuente EDFM