Es importante destacar que aquellos beneficiarios pasivos que en forma previa a la vigencia del Decreto Reglamentario N° 1501/23 hayan solicitado la redeterminación de su haber, la verán reflejada junto con esta liquidación.
Al respecto se recuerda que la solicitud de redeterminación del haber podía ser solicitada por aquellos beneficiarios cuyo haber inicial previsional fuera determinado con el promedio de 120 meses y su fecha de renuncia posterior al 24/02/2016.
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